AYUDAS PARA GRANDES ACTUACIONES PARA PROMOVER LA MODERNIZACIÓN DE LA ESTRUCTURA PRODUCTIVA Y DIGITAL DE LA ACTIVIDAD INDUSTRIAL
El día 4 de enero se publicó en el BOIB esta convocatoria dedicada al sector industrial ante el panorama de la falta de inversiones en I+D+i, la pérdida de productividad, la deslocalización, la escasez de formación laboral especializada, la pequeña dimensión de las empresas y los elevados costes de suministro y transporte constituyen una batería de variables que muestran las debilidades de la industria balear.
IMPORTE
El importe máximo subvencionable del conjunto de este programa será de 200.000 euros por beneficiario.
El coste de contratación a entidades externas de proyectos técnicos de ampliación de instalaciones industriales, por desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o que permitan mejorar considerablemente los ya existentes queda limitado a un importe máximo de 20.000 euros, IVA excluido.
OBJETO
Esta convocatoria tiene por objeto conceder ayudas destinadas a promover grandes actuaciones de inversión para la modernización de la estructura productiva y digital de la actividad industrial en el ámbito territorial de las Illes Balears para el año 2024. Las ayudas consisten en subvenciones destinadas a apoyar la realización de grandes inversiones de carácter industrial mediante la adquisición de activos materiales y la adquisición de activos inmateriales asociadas al proceso industrial que deban ser utilizadas o entrar en funcionamiento por primera vez.
BENEFICIARIOS
Podrán ser beneficiarias las empresas que tienen la consideración de PYME que en su condición desarrollan o desarrollarán una actividad industrial productiva en las Illes Balears siempre que sus actividades estén incluidas dentro de los epígrafes sobre actividades económicas (IAE) en las divisiones 2, 3, 4 y 691.2 de la sección primera correspondiente a actividades empresariales, y que estén inscritas en la división A correspondiente a establecimientos y actividades industriales del Registro Integrado Industrial.
También son beneficiarias las empresas incluidas en el grupo 504 del IAE de la sección primera correspondiente a actividades empresariales, y que estén inscritas en la división B correspondiente a las empresas de servicios relativas a la actividad industrial del Registro Integrado Industrial, en este último caso, el grupo 504 declarado deberá coincidir exactamente con la división B en la que se encuentra inscrito.
Todas estas empresas podrán ser beneficiarias si solicitan una inversión mínima subvencionable de 100.000€, IVA excluido.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
El plazo para presentar las solicitudes comienza el día 24 de enero de 2024 a las 00.00 h y finalizará el 24 de febrero de 2024 a las 23.59 h.
ADJUNTAMOS BOIB: